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Uso ético de la información. Los derechos de autor

Biblioteca Universitaria

OBRAS PROTEGIDAS Y OBRAS NO PROTEGIDAS

La protección de los derechos de autor ampara la expresión original de una idea y no la idea por sí misma.

A modo de resumen, según la Ley de Propiedad Intelectual se consideran obras protegidas:

  • Obras cinematográficas y audiovisuales
  • Obras dramáticas
  • Obras escultóricas, pictóricas y gráficas
  • Planos, maquetas y diseños
  • Gráficos y mapas
  • Libros, escritos, conferencias, discursos, explicaciones de cátedra y obras de naturaleza similar
  • Colecciones
  • Obras derivadas (traducciones, compendios, resúmenes, arreglos musicales, etc.)
  • Composiciones musicales
  • Obras fotográficas
  • Programas de ordenador
  • Bases de datos

Otras obras, como noticias del día, leyes y resoluciones de órganos judiciales, dictámenes, etc., así como procedimientos, métodos y conceptos matemáticos no están protegidas por la Ley de Propiedad Intelectual.

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